Maskana. 2023, Vol. 14, No. 2, 49 - 58.
https://publicaciones.ucuenca.edu.ec/ojs/index.php/maskana doi: 10.18537/mskn.14.02.05
© Author(s) 2023. Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)
Artículo científico
Socioeconomic conditions of the returned population in Santa Paula, Montería-Colombia
iD
1 Universidad de Córdoba - Departamento de Ciencias Sociales, Colombia.
2 Liceo Científico Dr. Miguel Canela Lázaro,
República Dominicana.
*Autor de correspondencia:
Citación: Ortega Otero, C., Conde Berrocal,
L. y García Sandoval, A. (2023). Condiciones socioeconómicas de la población restituida en Santa Paula, Montería-Colombia Maskana, 14(2), 49 - 58. https://doi.org/10.18537/mskn.14.02.05
Este artículo presenta un análisis de las condiciones socioeconómicas que caracterizan a la población restituida de la emblemática hacienda Santa Paula, la cual perteneció al Clan Castaño, cabeza visible de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). El estudio se estructuró en dos apartados: el primero, mediante una síntesis histórica, exhibe el contexto del conflicto armado interno en el departamento de Córdoba (Colombia), donde el accionar de los Grupos Armados Ilegales (GAI), irrumpen en el orden social, cometiendo todo tipo de vejámenes contra las comunidades; estas se ven obligadas a salir de sus predios, por hechos de despojo y desplazamiento. El segundo apartado describe el proceso que contempla el retorno legal de los pobladores a sus predios, con base a lo sustentado en la Ley 1448 de 2011. En Santa Paula, luego del posfallo, los restituidos se han adherido a entidades estatales para capacitarse en distintos proyectos socioeconómicos. Por tanto, el desarrollo de la investigación se llevó a cabo a partir de una escrutadora mirada a la información oficial de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) Seccional Córdoba, a través de la revisión y análisis de sentencias, líneas de tiempo y cartografía social.
de tierras, Santa Paula.
This article presents an analysis of the socioeconomic conditions that characterize the current restituted population of the emblematic hacienda Santa Paula, which belonged to Clan Castaño, the visible head of the United Self-Defense Forces of Colombia (AUC). The study was structured in two sections; the first, through a historical synthesis, shows the context of the internal armed conflict in the department of Córdoba (Colombia); where the actions of the Illegal Armed Groups (GAI) break the social order, committing all kinds of humiliation against the communities; they are forced to leave their premises by acts of dispossession and displacement. The second section, describes the process of return and post-judgment based on Law 1448 of 2011. In Santa Paula, after the post-judgment, the returnees have joined state entities to train in different socio-economic projects. Therefore, the development of the research was carried out from a scrutineering glance at the official information of the Land Restitution Unit (URT) Section Córdoba, through the review and analysis of sentences, timelines and social cartography.
restitution, Santa Paula.
Publicado por VIUC - Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Cuenca 49
La seguridad nacional es uno de los fines que garantiza el Estado en el territorio colombiano; con ella se procura la dignidad humana y se gestiona la resolución de los conflictos para mantener relaciones pacíficas en el interior del país, además de vigilar las situaciones jurídicas y sociales para efectos de proteger la vida, la honra y los bienes de la población, como lo consagra el Artículo 2° de la Constitución Política de Colombia de 1991.
Son fines del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. (Constitución Política de Colombia, 1991, párr. 3).
En consecuencia, el estado colombiano se ve obligado a tomar medidas eficaces que busquen proteger los derechos de las víctimas del conflicto armado interno que, por décadas, ha afectado a la población. Por ello promulgó la política pública Ley 1448 de 2011 (Congreso de la República de Colombia, 2011), conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, mediante la cual el Gobierno realizó los primeros intentos en materia de restitución y reparación a las víctimas del conflicto armado.
La restitución de tierras ha sido para las víctimas de despojo y desplazamiento un aspecto fundamental en la reparación del tejido social, permitiendo que campesinos y campesinas retornen a sus tierras y a su mundo vivido, este último interrumpido por el flagelo del conflicto armado, fenómeno sociopolítico que ha afectado a Colombia por más de setenta años (Ríos, 2016), perpetrado por Grupos Armados Ilegales (GAI). Sin embargo, el despojo y desplazamiento pareciera una realidad de nunca acabar, dado la paquidermia de los procesos jurídicos, los problemas de inseguridad para micro-focalizar, la persistencia del conflicto y la falta de condiciones para adelantar estos procesos.
En el departamento Córdoba, desde la década de los setenta el conflicto armado ha marcado social y espacialmente a las poblaciones locales ubicadas en las áreas fronterizas de Antioquia y Córdoba, lugar donde se localizó el Ejército Popular de Liberación (EPL) (Trejos, 2013). Este grupo se origina a raíz de los movimientos sindicales y estudiantiles de la época, alcanzando un dominio predominante entre 1960 y 1970, como producto derivado del despojo de tierras que sufrieron los campesinos. De hecho, el Centro de Investigación y Educación Popular-CINEP y el Programa Por la Paz-PPP (2016) plantean que la ubicación geoestratégica de Córdoba ha sido uno de los factores
territoriales que atraen la atención de los GAI, quienes se disputan el control de la región. Dichas disputas sumergen constantemente a las comunidades en un mundo donde la violencia no discrimina actores sociales, generándose un permanente flagelo a los derechos humanos de aquellos que viven en medio del conflicto armado.
En este sentido, los GAI que han perpetrado el orden socioespacial de Córdoba, Antioquia y áreas circundantes por más de seis décadas, configuran un escenario de terror. Entre estas organizaciones se mencionan las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), que hicieron presencia en las subregiones Alto Sinú (municipios de Tierralta y Valencia) y Alto San Jorge (Montelíbano). La consolidación de las FARC se llevó a cabo en la década de los noventa, mediante los frentes 18, 36 y 58; desde entonces, la organización armada y violenta ha tenido lugar en todo el territorio nacional (CINEP y PPP, 2016).
Particularmente, el sur de Córdoba es un escenario propicio para la conformación y presencia de GAI. Lo es por sus características geopolíticas, por su sistema montañoso de relieves pertenecientes a las serranías de Abibe, San Jerónimo y Ayapel; por la riqueza del Parque Nacional Natural Paramillo, conformado por paisajes de llanura, selvas húmedas y de montañas; además, por el nacimiento de los ríos Sinú y San Jorge (Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge- CVS, 2018). Estas condiciones geofísicas y la no presencia del Estado han sido factores que por décadas han incidido en el recrudecimiento del conflicto armado.
Es en Córdoba donde surgen los grupos paramilitares como organización. Desde 1980 se les denominó Los Tangueros, Mochacabezas o Magníficos. Posteriormente se consolidaron en las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU), respondiendo al accionar subversivo y a cualquier ideología de izquierda (Verdadabierta.com, 2014). Luego se consolidaron en una organización con gran dominio sobre el territorio colombiano, conocida como Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), quienes implantaron un proyecto paramilitar de orden nacional con el propósito de contrarrestar el accionar de las guerrillas, controlando las rentas provenientes del narcotráfico (Centro de Memoria Histórica, 2018), generando, a la vez, vejámenes de lesa humanidad en la población civil.
En los años posteriores a 1990 se inicia en Córdoba una irrupción de los grupos paramilitares, tomando control sobre el territorio y obligando a los campesinos a abandonar sus tierras, debido al interés que tenían por la propiedad de las mismas, por su alto valor comercial y productivo, generando hechos victimizantes. En este contexto se trae a colación el caso de la antigua hacienda Santa Paula, territorio víctima del conflicto armado, donde sus habitantes fueron invadidos y despojados de sus predios a causa del accionar paramilitar.
Santa Paula se sitúa en el corregimiento de Leticia, ubicado en la jurisdicción del municipio de Montería, capital departamental de Córdoba. Su extensión territorial abarca
Ortega Otero, C. et al - Condiciones socioeconómicas de la población restituida en Santa Paula, Montería-Colombia
un total de 1.195 hectáreas (Ha), con una proximidad espacio-temporal de 40 minutos respecto al casco urbano de Leticia (Figura 1).
Figura 1. Ubicación geográfica de la Hacienda Santa Paula.
Fuente: Elaboración propia, 2022.
Santa Paula ha sido un territorio histórico-estratégico por su cercanía a la hacienda Las Tangas, centro de operaciones de la casa Castaño, conocidos como los Magníficos o Mochacabezas. Esta hacienda es un punto de paso para llegar a los municipios de Valencia, Tierralta y San Pedro de Urabá. Se encuentra a solo 63 kilómetros (Km) de Montería, capital del Departamento de Córdoba (Misión de Observación Electoral-MOE, 2017), área urbana que funciona como corredor de movilidad y conectividad para los GAI, al contar con aeropuerto nacional, entidades de todo tipo (Bancarias, administrativas, educativas, etc.) y por presentar un mayor dinamismo económico. Estas condiciones ubican geopolíticamente a Santa Paula en un contexto privilegiado para el accionar de la casa Castaño (Forero et al., 2015).
Materiales y métodos
El estudio se elaboró conforme a las directrices del método de análisis documental, el cual, según Dulzaides y Molina (2004), es una forma de investigar a partir de un conjunto de operaciones que buscan describir y representar la información original de los documentos consultados, facilitando la unificación y sistematización de la
información existente sobre un fenómeno en particular. En este orden, los documentos examinados fueron: sentencias y leyes promulgadas durante y después del proceso de restitución de tierras en Colombia, puntualmente en el caso de la hacienda Santa Paula, donde las experiencias vividas de las comunidades rurales dan cuenta de los vejámenes de lesa humanidad que perpetraron los GAI.
Ahora bien, los documentos revisados fueron: análisis de contexto, sentencias, líneas de tiempo y cartografía social de la URT (Unidad de Restitución de Tierras) Seccional Córdoba, siendo las principales fuentes de información secundaria a la hora de detallar los actos violentos cometidos en Santa Paula. En ellos se consagran los hechos sociales e históricos de los pobladores y familias campesinas sometidas al desplazamiento y despojo forzoso de tierras. De igual forma, se recolectó información primaria a partir de entrevistas cualitativas a los pobladores de Santa Paula, quienes narran el accionar de los GAI y las condiciones socioeconómicas en las que se encuentran después del conflicto armado.
En síntesis, la investigación posee un enfoque cualitativo, al apelar a una observación próxima y detallada del
sujeto en su propio contexto (Díaz, 2018), abordando el fenómeno en dos apartados que responden a los objetivos planteados. El primero, describir los hechos victimizantes ocurridos en Santa Paula, detallados en líneas de tiempo y cartografía social de la URT Seccional Córdoba. El segundo, puntualizar en las condiciones socioeconómicas de las comunidades de Santa Paula, las cuales se exponen en las sentencias y actas de la URT Seccional Córdoba, luego del posfallo en materia de restitución de tierras.
En términos de conflicto y violación de derechos humanos, el caso de la hacienda Santa Paula se asemeja a la experiencia de los Montes de María, subregión del Caribe colombiano fuertemente golpeada por el conflicto armado, caracterizada por ser escenario de confluencia y confrontación de multiples actores sociales y armados (Gaviria et al., 2020). Entre estos, los grandes terratenientes, grupos paramilitares y guerrilleros, desataron una serie de hechos violentos contra la población civil de los 15 municipios que la conforman, siete de los cuales pertenecen al departamento de Bolívar, y ocho al departamento de Sucre (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo-PNUD, 2010). Ambos territorios (Montes de María y Santa Paula) suelen ser descritos como laboratorios de lucha y organización armada de la Colombia contemporánea.
En Córdoba, el fenómeno latifundista se asoció con grupos armados que pretendían refundar la patria en el marco del desarrollo regional; señalándose así los grupos paramilitares que realizaron una reforma agraria ilegal, consumada por el jefe paramilitar Fidel Castaño, quien entregó predios a campesinos y desmovilizados del EPL, los cuales posteriormente fueron despojados por Sor Teresa Gómez, familiar cercano a la casa Castaño, a través de manifestaciones violentas, miedo e intimidaciones. Al referenciar a los despojados se hace alusión a los individuos y comunidad a quienes se les expropian y privatizan sus bienes y derechos (Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación-CNRR, 2009), asociándose este concepto a las dimensiones sociales y simbólicas de la población de Santa Paula.
La hacienda Santa Paula fue una de las primeras propiedades en ser repartida a más de 120 parceleros, entregando a cada uno de ellos un predio mediante escritura pública suscrita en el mes de diciembre de 1991 e inicios de 1992. Estas adjudicaciones tuvieron inicialmente unos condicionamientos: los beneficiarios debían comprometerse a mejorar los terrenos donados, es decir, debían ser productivos y aprovechados de la mejor forma. Este condicionante de mejoramiento del predio, tiempo después, se convirtió en una atadura que los obligaba a no vender el predio, alquilarlo o hipotecarlo, generando procesos de coacción, sin cometer mayores actos de violencia. Las acciones fueron instrumentalizadas por la Fundación para la Paz de Córdoba-FUNPAZCOR, manejada por la casa Castaño.
FUNPAZCOR fue un artilugio para la paz de Fidel Castaño, y para el programa de reforma agraria en el campo (Machaco, 2000), que surge a partir de la desmovilización de las ACCU y luego del EPL, acciones que se originan en un contexto de conflicto armado que no acababa de morir, y una paz que no terminaba de surgir (Sánchez y Quintero, 2020). Para la época, esta fundación fue aplaudida por las autoridades políticas locales y nacionales. no obstante, la casa Castaño, con esta estrategia pretendía materializar su proyecto político e instaurar un “cerco de protección alrededor de sus propiedades de uso personal, constituido por familias campesinas dependientes del apoyo financiero, técnico y administrativo” (URT, 2012, p. 9. Párr. 2).
El panorama descrito se conforma a finales de los noventa, cuando se reconfigura en Córdoba el accionar de los grupos paramilitares, dejando parcialmente las armas e implementando la estrategia política de reforma agraria desarrollada por FUNPAZCOR (García, 2016), entidad que formalizó a favor de los donatarios de Santa Paula la adjudicación de parcelas mediante una convocatoria en los barrios Rancho Grande y Canta Claro (piezas urbanas de la ciudad de Montería) entre 1991 y 1992.
Al pasar del tiempo se evidencia que desde 1996 hasta 2006 se exhiben procesos de despojo en la hacienda Santa Paula. centenares de familias se vieron constreñidas a malvender o, en su defecto, abandonar sus predios a causa de los procesos de coacción antes señalados. Forero et al. (2015) sostienen que los procesos de despojo en Santa Paula se dieron de manera violenta, con amenazas y presión psicológica; frases como: “si no vende usted, le compramos a la viuda”, sembraron el terror entre los habitantes. A esto se suma el abandono e indiferencia del Estado frente a la situación de los despojados, población que sobrevivía a condiciones de vulnerabilidad, pobreza, desplazamiento y estigmas.
Frente a los hechos victimizantes de desplazamiento, despojo, asesinatos y amenazas, se plantearon políticas públicas como la Ley 975 de 2005 (Congreso de la República de Colombia, 2005); ley resultante de los acuerdos de Santa Fe de Ralito (Córdoba), entre el Gobierno y las AUC; y la Ley 1448 de 2011, conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Estos pronunciamientos representaron avances en materia de restitución de derechos y, a la vez, ocasionaron retaliaciones dirigidas especialmente a reclamantes de tierras y defensores de derechos humanos.
Ahora bien, el proceso de reparación integral a las víctimas en Santa Paula inicia en el 2013, con la entrega de las primeras parcelas a los despojados, quedando los predios libres de condicionamientos, de tal manera que los beneficiarios pudieran disponer de ellos a su voluntad. En este contexto, se señala que el proceso de reparación en la hacienda Santa Paula ha dejado un accionar histórico- espacial en el municipio de Montería, convirtiéndose en el piloto de reparación y restitución de tierras en el territorio
Ortega Otero, C. et al - Condiciones socioeconómicas de la población restituida en Santa Paula, Montería-Colombia
Tabla 1. Relación de sentencias publicadas de Santa Paula
Fuente: elaboración propia, 2022, con base en los datos del Registro Único de Víctimas, 2021
Radicado Fecha de la sentencia
Proceso Demandante Número de Solicitudes
230013121001-2012- 12/03/2013
forzosamente | |||
Judith Margarita Zurique y otros, a | |||
23001 31 21 001 2012 | Proceso especial de formalización y restitución | través de la Unidad Administrativa | |
0003 00 15/03/2013 | de tierras despojadas o abandonadas | Especial de Gestión de Restitución | 16 |
forzosamente | de Tierras Despojadas — Dirección | ||
Territorial Córdoba-. | |||
Judith Margarita Zurique y otros, a | |||
23_001_31_21_001 | Proceso especial de formalización y restitución | través de la Unidad Administrativa | |
_2013_0017_00 24/04/2014 | de tierras despojadas o abandonadas | Especial de Gestión de Restitución | 1 |
forzosamente | de Tierras Despojadas — Dirección | ||
Territorial Córdoba-. |
00004-00
Proceso especial de formalización y restitución de tierras despojadas o abandonadas
Leonidas Quirino Berrocal Segura De 13
formalización de tierras.
23001 3121001 -2013-
0001
230013121001-2013-
0002
23001 31 21 001 2013
0007 00
230013121001
-2013|o0004-00
10/05/2013
10/05/2013
17/05/2013
27/05/2013
Proceso especial de formalización y restitución de tierras despojadas o abandonadas forzosamente
Proceso especial de formalización y restitución de tierras despojadas o abandonadas forzosamente
Proceso especial de formalización y restitución de tierras despojadas o abandonadas forzosamente
Despojadas - Dirección Territorial Córdoba- | |||
Leopoldo Jaraba Pérez y otros a través | |||
23001 31 21 001 2013 | Proceso especial de formalización y restitución | de la Unidad Administrativa Especial | |
0005 00 31/05/2013 | de tierras despojadas o abandonadas | de Gestión de Restitución de Tierras | 18 |
forzosamente | Despojadas - Dirección Territorial | ||
Córdoba- | |||
23001 31 21 002 2013 | Proceso especial de formalización y restitución | ||
00002 18/07/2013 | de tierras despojadas o abandonadas | Hipólito León Medrano y otros | 3 |
00 (04) | forzosamente | ||
23001 31 21 002 2013 | Proceso especial de formalización y restitución | ||
0001 00 21/07/2013 | de tierras despojadas o abandonadas | Manuel Gregorio Casarrubia Noble. | 1 |
forzosamente | |||
23001 31 21 002 2013 | Proceso especial de formalización y restitución | ||
0004 00 2/08/2013 | de tierras despojadas o abandonadas | Elías Plinio Doria Bello y Otros | 59 |
forzosamente | |||
23001 31 21 002 2013 | Proceso especial de formalización y restitución | ||
0006 00 18/12/2013 | de tierras despojadas o abandonadas | Leónidas Quirino Berrocal Segura | 1 |
forzosamente | |||
23001 31 21 002 2013 | Proceso especial de formalización y restitución | ||
00013 00 9/04/2014 | de tierras despojadas o abandonadas | Ana Matilde Peña | 1 |
forzosamente | |||
23001 31 21 002 2013 | Proceso especial de formalización y restitución | ||
00016 00 24/04/2014 | de tierras despojadas o abandonadas | José Francisco Nieves Serna | 1 |
forzosamente | |||
23001-31-21-002- | Proceso especial de formalización y restitución | Unidad Administrativa Especial de | |
2013-00017-00 28/04/2014 | de tierras despojadas o abandonadas | Gestión de Restitución de Tierras | 2 |
forzosamente | Despojadas | ||
Unidad Administrativa Especial | |||
23_001_31_21_001_ | Proceso especial de formalización y restitución | de Gestión de Restitución de | |
2013_0015_00 30/05/2014 | de tierras despojadas o abandonadas | Tierras Despojadas o Abandonadas | 9 |
forzosamente | _UAEGRTD_ Dirección Territorial _ | ||
Córdoba. |
Proceso especial de formalización y restitución de tierras despojadas o abandonadas forzosamente
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras
Despojadas _Uaegrtd_Dirección 1
Territorial - Córdoba.
Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras
Despojadas _Uaegrtd_Dirección 4
Territorial - Córdoba.
Luís Alfonso Suárez Rodríguez y Luís Miguel Bohórquez Yanes, a través de la Unidad Administrativa Especial
de Gestión de Restitución de Tierras 2
Despojadas - Dirección Territorial Córdoba-
Luís Alfonso Suárez Rodríguez y Luís Miguel Bohórquez Yanes, a través de la Unidad Administrativa Especial
de Gestión de Restitución de Tierras 11
23001 31 21 002 | Proceso especial de formalización y restitución | Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de | |
2014 00004 00 18/12/2014 | de tierras despojadas o abandonadas forzosamente | Tierras Despojadas o Abandonadas _UAEGRTD_ Dirección Territorial _ Córdoba. | 1 |
23001 31 21 002 | Proceso especial de formalización y restitución | Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de | |
2014 00029 00 19/12/2014 | de tierras despojadas o abandonadas forzosamente | Tierras Despojadas o Abandonadas _UAEGRTD_ Dirección Territorial _ Córdoba. | 22 |
23_001_31_21_001_ | Proceso especial de formalización y restitución | Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de | |
2016_0107_00 31/03/2017 | de tierras despojadas o abandonadas forzosamente | Tierras Despojadas o Abandonadas _UAEGRTD_ Dirección Territorial _ Córdoba. | 1 |
23_001_31_21_002_ 12/03/2019
2017_00002
Proceso especial de formalización y restitución de tierras despojadas o abandonadas forzosamente
Francisco Miguel Martínez Solera y 4
otros
cordobés. En relación, el registro único de víctimas en Córdoba, da cuenta de ello, logrando contabilizar un total de 168 parceleros restituidos hasta el 2021 (Tabla 1).
Esta restitución de tierras dirigida al desarrollo rural y a la organización de las comunidades como sujetos de derecho, según Álvarez (2014), tendría que estar enfocada especialmente en la atención de personas afectadas por el conflicto, y no en el ordenamiento del suelo, con el objetivo de reconstruir el tejido socio-territorial de la población; es decir, el objetivo principal de la restitución estaba direccionado a reconstruir ese vínculo social y afectivo que tenían los poblados de Santa Paula antes de ser despojados. Sin embargo, desde el 2013, la Ley 1448 viene condescendiendo que el proceso de restitución de tierras se cumpla en todos los ámbitos (social, económico, territorial, cultural), aunque se ha visto obstaculizado por situaciones adversas que buscan el no éxito de la ley, entre estas la presencia de grupos armados emergentes, quienes perpetúan las amenazas, asesinatos de líderes sociales y despojos de pobladores de los municipios de Valencia, Tierralta, Planeta Rica y de algunos corregimientos y veredas de la zona rural de Montería, entorpeciendo la labor de los funcionarios de la URT, y a pesar de los fallos emitidos en las órdenes judiciales expedidas por juzgados y tribunales especializados en restitución de tierras.
Cabe anotar que para blindar jurídicamente los predios restituidos en Santa Paula se promulgaron 31 órdenes de escala nacional y 137 a nivel regional; las primeras, dirigidas al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), entidad encargada de actualizar los registros catastrales y cartográficos del país. Las segundas fueron remitidas a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos municipales para inscribir las sentencias, cancelar hipotecas, consultar antecedentes registrales sobre gravámenes, limitaciones al dominio, medidas cautelares, falsas tradiciones, etc. (CINEP, 2015); además, para otorgar la protección al predio por un período de tiempo de dos años, levantar embargos e inscribir como propietarias a las compañeras permanentes de los solicitantes. Por otra parte, otras órdenes fueron enviadas a las notarías, con el fin de realizar notas marginales sobre la inexistencia de compraventas y declarar la inexistencia o nulidad de negocios jurídicos.
En términos de restitución del derecho a la propiedad y el dominio de los predios despojados, se plantea que la política de restitución de tierras ha sido efectiva; de hecho, en la actualidad existen trámites administrativos y judiciales de otras reclamaciones en proceso. Así se espera que las tierras de Santa Paula regresen a manos de los propietarios despojados y desplazados forzosamente por las AUC.
Antes de adentrarse en el contexto socioeconómico de la población restituida en Santa Paula se requiere señalar algunos aspectos clave, iniciando por el mismo proceso de reparación colectiva, en septiembre de 2013. Simultáneamente, hay que focalizarse en las actividades de restitución de tierras y la aprobación del plan retorno para los parceleros despojados de sus predios. En este orden, la reparación colectiva en un contexto de justicia y paz se refiere al beneficio conferido a un conjunto de personas (comunidades) para resarcir el daño producido como consecuencia directa de la violación a los derechos humanos (Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional-USAID y Organización Internacional para las Migraciones-OIM, 2012).
La reparación colectiva en el contexto colombiano se ampara en la Ley de Justicia y Paz de 2005 y en la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras de 2011, siendo estas dos los marcos legales para llevar a cabo dicho proceso, permitiendo a las comunidades afectadas presentar solicitudes para obtener reconocimiento y reparación por daños sufridos durante el fenómeno del conflicto armado.
En el caso de Santa Paula, tras el regreso de los campesinos a los predios restituidos, la Dirección Territorial Córdoba de la URT, en articulación con las diferentes entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), establecieron una serie de acciones que paralelamente son estrategias de beneficios multilaterales. Estas acciones incluyeron el mejoramiento y adecuación de la vía Montería-Santa Paula, proporcionando mejores condiciones de seguridad para la circulación hacía estos
Ortega Otero, C. et al - Condiciones socioeconómicas de la población restituida en Santa Paula, Montería-Colombia
territorios; igualmente, la construcción de viviendas dignas, el acceso a servicios públicos básicos, la implementación de proyectos productivos, la construcción de la escuela, el puesto de salud, y la garantía de cupos educativos para niños, niñas y adolescentes en la institución educativa del corregimiento de Leticia; además, el poder brindar a la población programas de formación complementaria con el apoyo del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Asimismo, la realización de brigadas de salud y jornadas de vacunación, la reubicación de dos hogares comunitarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), y la ejecución del proyecto dinamizador del quiosco comunitario y el centro de acopio.
Evidenciados los compromisos entre la política pública propuesta por la Ley 1448 de 2011, las responsabilidades de las instituciones del SNARIV y de otras entidades internacionales de derechos humanos afines con la población restituida de Santa Paula, se alude, a continuación, las acciones encaminadas a mejorar las condiciones socioeconómicas dentro de la instrumentalización del posfallo.
Una de las primeras actividades desarrolladas en Santa Paula ha sido la estrategia llamada Entrelazando, que propende por la reconstrucción del tejido social y los vínculos comunitarios. Para su ejecución se llevó a cabo el taller El ser tejedor y tejedora, diseñado por el equipo profesional de la Unidad para las víctimas a nivel nacional, teniendo como propósito principal el fortalecer las habilidades psicosociales y adelantar procesos de formación en torno a herramientas de diagnóstico de daño.
Durante el desarrollo de los talleres psicosociales, los pobladores restituidos de Santa Paula pudieron expresar los hechos que marcaron sus vidas en el contexto del conflicto armado. Por ejemplo, el 30 de junio de 2015, la misma comunidad, con el apoyo de la Unidad para las víctimas, realizó un acto conmemorativo y rindió homenaje a los lideres sociales asesinados por defender y reclamar sus derechos. En particular, se resaltó el nombre de Yolanda Izquierdo, y se recordaron otros personajes y víctimas que murieron por causa del conflicto armado. Dentro de estos acontecimientos queda conformado el comité de promoción, elaborando un mapa de participantes institucionales para la comunidad de Santa Paula y poblaciones circunvecinas a ella, a quienes se les capacita en aspectos relacionados con la Ley 1448 de 2011 enfocados en la salud, la educación y el derecho a una vida digna.
En esta ruta del proceso de restitución y reparación colectiva se han trazado estrategias a corto, mediano y largo plazo, con el fin de responder a los aspectos identificados en las jornadas de trabajo en los diferentes comités de impulso que se han creado en las comunidades de Leticia y Santa Paula. En estos comités se menciona la desconfianza de la comunidad hacía las instituciones del Estado, debido a las promesas de bienestar y desarrollo, sin evidencia de cumplimiento.
Asimismo, se menciona el rompimiento del tejido social por las afectaciones del conflicto armado y otros factores negativos, como la pérdida de identidad cultural y de prácticas socioeconómicas (siembra de cultivos de maíz, plátano, yuca, frijol y arroz, cría de ganado y aves de corral); estás últimas suplían las necesidades alimentarias locales. De igual forma, se evidencia en los comités el desconocimiento de la ley de víctimas y de los procedimientos para la reparación colectiva, así como también la atención de las necesidades materiales y económicas, que de no solucionarse, suscitarán que la comunidad siga siendo vulnerable frente a los GAI.
La URT, la Unidad para las víctimas Territorial Córdoba y otras entidades del SNARIV vinculadas al proceso de reparación colectiva, se han perfilado en articular actividades coherentes con la ruta de reparación y acercamiento del Estado a la comunidad, con el fin de que las comunidades reparadas vuelvan a creer en las instituciones estatales y de apoyo al proceso legal de restitución de tierras. Para lograr estas acciones, se han efectuado socializaciones de la ruta de reparación a lideres en Leticia y en las veredas de Palmito Picao, El Tronco y Tenerife, siendo evidente el interés por propiciar la unidad colectiva de la comunidad, mejorar sus lazos vecinales y fortalecer el buen liderazgo, beneficiando así la participación activa y consciente de las poblaciones en su propio desarrollo como medio de conciliación entre los habitantes locales de Santa Paula y el Estado.
En el corregimiento de Leticia, una lideresa comunitaria reconoce lo vivido durante y después del conflicto armado. Con sus propias palabras expresa: “nos ha unido como comunidad; a nosotros, los lideres, nos han reforzado las ganas de trabajar por el corregimiento, sus alrededores y veredas. Es una de las cosas positivas que hemos tenido, porque algo que la violencia nos quitó fue la confianza y la unión con las comunidades vecinas. Personas de Palmito Picao, Tenerife, de Cocuelo, están trabajando en este proyecto; eso nos ha llevado a unirnos como comunidad, aunque no todo es color de rosa, ha sido todo un reto hacer que alcaldía y gobernación se sumen a estos procesos y a las órdenes que dieron los jueces de tierras en las sentencias. Por ejemplo, la entrada a Santa Paula desde Leticia, el pavimento está hasta Leticia, la entrada es destapada… Cuando llueve es inaccesible” (Pastrana, A., comunicación personal, 15 de febrero de 2018).
Otro líder comunitario está esperanzado y afirma: “ojalá después de todo esto vuelva la tranquilidad; que todo el mundo esté sereno, que seamos felices, que el miedo se pierda, que nos acordemos del pasado, pero no lo volveremos a vivir, que no haya repetición de toda esta problemática. Ojalá que los entes gubernamentales realmente se pellizquen y hagan las cosas de forma correcta, tal y como vienen estipuladas, para que mañana las víctimas podamos decir: el Estado nos cumplió, nos sentimos felices y satisfechos… Pero las cosas no siempre son como todos queremos que sean; aún hay mucho por qué, y pedirles a las entidades respectivas que cumplan con lo expresado por los jueces y la Ley 1448. Y es que Santa
Paula aún tiene problemas en los servicios públicos, como agua y luz, los cuales no llegan a todo el corregimiento” (Sibaja, R., comunicación personal, 21 de febrero de 2018).
Frente a las relaciones productivas, la URT, en cumplimiento a la Ley 1448, le asigna a cada familia restituida un proyecto productivo, brindándole acompañamiento por dos meses a través de equipos técnico-lógicos, y por las ONGs, mediante el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Ambas organizaciones han sido esenciales al momento de financiar proyectos a diferentes familias, grupos y fundaciones creadas por la misma comunidad. Estos proyectos se convierten en el soporte económico y fuente de ingresos para la población del corregimiento de Leticia.
Consecuentemente al posfallo en Santa Paula se han adherido entidades estatales, como el SENA, capacitando a las comunidades en proyectos que involucran actividades de ganadería, piscícolas, cría de cerdos y pollos, siendo la ganadería la más optada, recibiendo de cuatro a cinco cabezas de ganado por núcleo familiar (Figura 2).
Un funcionario del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en entrevista sobre el proceso de restitución de tierras en la hacienda Santa Paula- Montería (García, A., Entrevistador), sostiene que hasta el 2019 se registraron un total de 177 proyectos productivos finalizados y 14 en asistencia técnica. Algunos tienen ejecución por tres años, otros requieren el acompañamiento permanente de la URT.
En este orden, otro líder social, cabeza de hogar, alega que: “no ha sido un proceso fácil, al principio no tenía el conocimiento necesario para sacar adelante el proyecto de las cinco vaquitas que me dio la unidad, incluso pensé en venderlas, dejar la tierra en alquiler y devolverme para Montería, pero gracias a la asesoría de la unidad de restitución, del acompañamiento del SENA y de la ayuda que nos brindó la FAO, pudimos sacar el proyecto adelante y ahora del ganado recibimos la lechita, el queso, la mantequilla, por medio del queso uno consigue lo demás. Como uno hace el quesito va y lo vende o lo cambia por la yuca, lo cambia por la carne” (Palomo, M., comunicación personal, 18 de marzo de 2018). Lo expresado por este
Figura 2. Proyectos productivos en Santa Paula.
Fuente: Elaboración propia, 2022.
líder demuestra que los parceleros en Santa Paula, tienen la posibilidad de ser productivos por sí mismos, propiciando recursos de autogestión y apropiándose del predio restituido.
De esta manera, la URT y demás instituciones que conforman el SNARIV siguen de cerca el proceso de los pobladores restituidos; además, gestionan y efectúan enlaces para la participación de entidades como el SENA y las ONG’s, suministrando ayuda a las comunidades rurales, para que estas mejoren sus condiciones sociales al momento de ejercer su nueva vida y su proyecto productivo, con el doble propósito de que cumplan el mínimo vital y de derechos. Esto permite argumentar que en la actualidad el proceso de restitución de tierras a campesinos y parceleros en Santa Paula, además de ser piloto reparador en Córdoba y Montes de María, es decir, el primer proyecto de restitución de tierras en el Caribe colombiano, ha sido uno de los procesos más satisfactorios, al cumplirse alrededor del 90% de lo promulgado en la Ley 1448 de 2011, en lo concerniente al acompañamiento, asesorías y direccionamiento de proyectos productivos en las comunidades afectadas por el conflicto armado.
Conclusiones
El Gobierno colombiano, en su afán por contrarrestar la crisis generada por el conflicto armado, implementa estrategias que buscan dar solución a las situaciones derivadas de este fenómeno, el cual ha sido responsable de múltiples vejámenes de lesa humanidad. Uno de los primeros mecanismos de restauración de víctimas fue el proceso de restitución de tierras, el cual se empieza a visibilizar desde la academia, a través de categorías conceptuales que interpretan la realidad que viven las víctimas del desplazamiento.
De esta forma, surge en el país la necesidad de crear condiciones legales, normativas e institucionales que permitan a las víctimas del conflicto armado su reconocimiento por parte del Estado y la accesibilidad a los mecanismos de reparación integral, teniendo en cuenta las medidas de restitución, indemnización, rehabilitación y las garantías de la no repetición del hecho violento, para el restablecimiento de los derechos materiales, morales y simbólicos de las personas y familias afectadas por el conflicto armado.
Maskana. 2023, Vol. 14, No. 2, 49 - 58.
56 doi: 10.18537/mskn.14.02.05
Ortega Otero, C. et al - Condiciones socioeconómicas de la población restituida en Santa Paula, Montería-Colombia
En efecto, el artículo se estructuró en torno al caso de la población restituida en Santa Paula, zona rural del corregimiento de Leticia (Montería), donde el despojo y desplazamiento de campesinos de sus tierras fue un hecho que marcó profundamente a la comunidad. Sin embargo, con la expedición la Ley 1448 del 2011, el Estado colombiano, en materia de protección y resarcimiento de la población víctima del conflicto armado, intenta ser una herramienta clave para reconstruir el tejido social, económico y cultural de la población. No obstante, los retos y las expectativas esperadas son numerosas; por un lado, fortalece, beneficia y repara directamente a las víctimas mediante los registros que lo acreditan. Por otra parte, la inconformidad entre algunos líderes sociales y organizaciones locales que están en desacuerdo con las actividades y decisiones tomadas con respecto a los procesos de restitución, lo que conduce, de alguna manera, a replantear las políticas gubernamentales en materia de desarrollo social y apoyo agrario para mayor efectividad en la población víctima del conflicto.
La instrumentalización del proceso de restitución de tierras en Santa Paula ha ocasionado tensiones; por ejemplo, la participación política en el contexto de la reparación colectiva, enmarcada en la Ley 1448, que llegó a originar persecuciones, asesinatos, amenazas y una revictimización de la población, en particular, atentan contra los lideres sociales; muchos de ellos son asesinados por ser miembros activos en calidad de reclamantes de tierras.
Por tanto, la restitución de tierras, en el marco espacial de Santa Paula, es considerada como eje de la política pública para las víctimas del conflicto armado, centrada en devolverle a los desplazados y despojados sus tierras, el resarcir del daño causado a cientos de campesinos que se vieron inmersos en vejámenes de lesa humanidad, quienes no solo perdieron sus predios, también perdieron la seguridad, tranquilidad, calma, sustento económico y, en general, sus condiciones de vida.
Finalmente, el caso de la hacienda Santa Paula exhibe la realidad socioeconómica que hoy caracteriza a una comunidad restituida por ser víctima del conflicto armado en Colombia. De tal forma, el cumplimiento de la Ley 1448 ha permitido gradualmente reconstruir el tejido social, económico y cultural de los habitantes, donde la puesta en marcha de talleres de reparación colectiva, proyectos productivos, fortalecimiento social, y acompañamiento institucional, se convierten en elementos y factores clave en el proceso de restitución de tierras. No obstante, los procesos de restitución han conllevado al surgimiento de nuevas problemáticas, producto del entrampamiento y falta de control hacia los GAI, por la revictimización de los solicitantes de tierras, por el accionar insuficiente de las instituciones del Estado y la poca o inexistente solidaridad de algunos sectores de la sociedad con las víctimas del conflicto armado.
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